Preguntas Frecuentes

Información jurídica

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¿Qué documentos necesito para que la Fiscalía MOP efectúe el estudio de títulos y, de esta forma, firmar el convenio ad referendum?

         

"El propietario deberá acreditar su situación jurídica para facilitar el proceso general, en especial el de indemnización, que es de su directo interés o beneficio. Por ello:

1.-   El propietario deberá acreditar su dominio, luego deberá estar en posesión de los siguientes documentos:

1.1.  Copia autorizada de la inscripción de dominio de la propiedad, con certificado de vigencia .

1.2. Certificado de Hipotecas y Gravámenes (Por 30 años)

1.3. Certificado de Prohibiciones y Litigios (Por 30 años). Todos los documentos se obtiene en el Conservador de Bienes Raíces competente.

         1. Fotocopia de inscripción de dominio que constituya título de dominio anterior.
         2. Fotocopia simple de la escritura donde consta el Título.
         3. Fotocopia de Cédula de Identidad. Certificado de Matrimonio.

  Otras situaciones. Además, según sea el caso:

2.-   En el evento que la propiedad de los terrenos afectos a expropiación sean propiedad de una sociedad, se deberá presentar:

2.1. Copia autorizada de la constitución de la Sociedad, y sus modificaciones; extracto de la Sociedad y Certificado de Vigencia.

2.2. Mandato Especial o Poder del Representante de la Sociedad  para el efecto de tramitar la expropiación con la entidad expropiante.

2.3.      Fotocopia del RUT de la Sociedad. Fotocopia RUT de representante.

3.-     En el caso que el propietario sea una Sucesión, para que ella pueda disponer de la propiedad, se requiere que:
          
3.1. Inscripción de  la Posesión Efectiva de la Herencia, donde deben figurar todos los herederos actuales del predio.

3.2. Copia de la Inscripción Especial de Herencia.

4.-   Regularización a través de Bienes Nacionales:

Además de la inscripción de dominio, debe adjuntarse copia de la Resolución SEREMI  y  del Plano Catastral.

5.-   Si se trata de una propiedad que pertenece a varias personas en común, todos ellos deberán presentar las respectivas inscripciones de dominio con vigencia; los certificados de hipotecas y gravámenes; prohibiciones e interdicciones y de litigios.

6.-   En el evento que la propiedad se hubiere dividido entre varias personas, o bien se hayan efectuado transferencias, es recomendable presentar copia del plano de loteo del bien raíz."

Publicado por: Dirección de Vialidad

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