La publicidad caminera en las fajas
adyacentes a los caminos públicos del país, se encuentra regulada mediante el
Decreto Supremo MOP Nº 1319 del 12.09.77, publicado en el Diario Oficial el 25
de Octubre de 1977.
¿En qué consiste?
La Dirección de Vialidad tiene a su cargo el Registro de Avisadores
Camineros,destinado a inscribir a las personas naturales o jurídicas
interesadas en trabajar en este rubro.
El proceso de inscripción tiene las siguientes etapas:
- El interesado solicita la inscripción.
- La Dirección de Vialidad analiza factibilidad.
- Se calculan los derechos a cancelar.
- Se oficializa autorización a través de Oficio.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales, jurídicas, sociedades en general.
REGISTRO DE AVISADORES CAMINEROS
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN AÑO 2023
Las personas naturales o empresas
que deseen inscribirse en el Registro de Avisadores Camineros de la Dirección
de Vialidad, deberán dirigir una solicitud al Director Nacional de Vialidad.
La solicitud debe identificar a la
persona o representante de la empresa solicitante, con su nombre, dirección
postal completa, teléfonos y dirección de correo electrónico.
La solicitud debe adjuntar los
antecedentes detallados a continuación, y será presentada en la Oficina de Partes
de la Dirección de Vialidad, ubicada en Morandé Nº 59, piso 2, Santiago de
Chile.
ANTECEDENTES BÁSICOS
·
Boleta de Garantía Bancaria por la suma
de $1.650.089, no endosable, extendida por un período anual “para
garantizar el fiel cumplimiento del Decreto Supremo MOP Nº 1319, del 12 de
septiembre de 1977”, a nombre de la Dirección Nacional de Vialidad - MOP,
RUT 61.202.000-0.
·
Certificado de Capital, emitido por un
Banco. El capital mínimo aceptable es de $9.900.538
·
Copia autorizada de Iniciación
de Actividades.
·
Fotocopia autorizada del RUT.
·
Al menos 4 (cuatro) certificados
de experiencia en publicidad. (No se aceptará la presentación de
presupuestos o contratos, solo de certificados de trabajos concluidos a plena
satisfacción del cliente).
PERSONA NATURAL
Se debe presentar los
Antecedentes Básicos.
PERSONA JURÍDICA
Además de los
Antecedentes Básicos,se debe presentar copia autorizada de la Constitución
de la Sociedad, publicada en el Diario Oficial.
SOCIEDADES ANÓNIMAS O DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Además de los
Antecedentes Básicos,se debe presentar:
- Copia autorizada de la Escritura Pública de Constitución de la
Sociedad.
- Copia autorizada íntegra de la inscripción dela Sociedad en el
Registro de Comercio del Conservador Correspondiente.
- Copia autorizada del extracto publicado en el Diario Oficial.
Si la Sociedad ha tenido modificaciones,
se debe presentar estos mismos antecedentes referidos a cada una de las
modificaciones.
SOCIEDAD COLECTIVA COMERCIAL Y COMANDITAS
Se debe presentar todos
losdocumentos de las Sociedades Anónimas, con la excepción de la publicación en
elDiario Oficial.
Para
más información, puede llamar al teléfono 56 2 2449 57 42.